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martes, 13 de diciembre de 2016

¡Cárcel para Rectoras del CNE!


Súmate entregó el miércoles 07 de diciembre a la Asamblea Nacional (AN) el expediente que elaboró sobre la actuación de las cuatro Rectoras del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tibisay Lucena, Sandra Oblitas, Socorro Hernández y Tania D´Amelio, en el período de 2009 a 2016, años en los cuales desde el directorio del organismo electoral han cometido una serie de prácticas que van desde convocar y realizar elecciones cuando no corresponden, hasta llegar incluso a suspender y eliminar otras, colocándose por encima de la soberanía popular libremente expresada a través del voto, violando con ello los artículos 5, 6, 7, 63, 64, 72 y 293 de la Constitución, y 41 y 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).
La ONG indica en la correspondencia entregada a la directiva y jefaturas de fracciones de la MUD y el PSUV que la razón por la cual consignan este expediente es con el fin de que lo consideren en el debate de las sesiones plenarias en la cual nombrarán y juramentarán a los 2 Rectores del CNE y sus cuatro suplentes que sustituirán a las rectoras Socorro Hernández y Tania D´Amelio, en representación de las Facultades de Ciencias Jurídicas y Políticas de las Universidades Nacionales y del Poder Ciudadano, respectivamente, cuyo período constitucional de siete años venció el pasado sábado 3 de diciembre de 2016. Aspira también que esteexpediente sirva como aval para cesar en la omisión legislativa de su antecesora (2011-2016), y asuma su atribución constitucional de seleccionar, nombrar y juramentar a los otros tres Rectores con sus respectivos suplentes, representantes de la Sociedad Civil, designados por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) el viernes 26 de diciembre de 2014, a pesar de una comprobada gestión en beneficio de una parcialidad política.
El expediente sobre las 4 Rectoras del CNE Tibisay Lucena, Sandra Oblitas, Socorro Hernández y Tania D´Amelio contiene 18 de las más graves irregularidades, ilegalidades y omisiones cometidas durante su gestión desde 2009 a 2016, destacando las siguientes: concedieron un período adicional de 4 años a los miembros de los Concejos Municipales elegidos el 07 de agosto de 2005, al no convocar a su elección en agosto de 2009, sino para el 8 de diciembre de 2013; otorgaron un añoadicional a los alcaldes electos en 2008, que debieron renovarse en 2012, comicios que realizaron el 8 de diciembre de 2013; no convocaron a Elecciones parciales de Diputado Nominal en la circunscripción 11 del estado Zulia en 2014 (Municipios Lagunillas, Valmore Rodríguez, Baralt y Simón Bolívar), al producirse vacante absoluta por resultar electos como alcaldes de los Municipios Lagunillas y Valmore Rodríguez, el diputado principal Mervin Méndez y su diputado suplente Ender Pino, respectivamente, en las Elecciones Municipales del 8 de diciembre de 2013; no han convocado a las Elecciones para Alcaldes en los municipios Arismendi del estado Sucre y Pedro Gual del estado Miranda, aunque ambos fallecieron en los meses de julio y octubre del año 2014, respectivamente, es decir antes de cumplirse la mitad de su período constitucional y legal; eliminaron las Elecciones al Parlamento Latinoamericano en 2015 tal como lo informaron el 07 de mayo de ese año en nota de prensa publicada en su portal web; omitieron pronunciarse sobre la re-incorporación a sus cargos de los alcaldes en los Municipios San Francisco del Estado Zulia, y Guanare del Estado Portuguesa, luego de resultar electos como diputados Lista a la Asamblea Nacional en las Elecciones Parlamentarias del 06 de diciembre de 2015; no han convocado a las Elecciones Regionales, que deben ocurrir a más tardar en diciembre de este año 2016; y suspendieron el pasado 20 de octubre la Solicitud del Referendo Revocatorio del Presidente de la República Nicolás Maduro, acatando decisiones de tribunales penales de primera instancia y sin ejercer la consulta ante ninguna instancia superior y de manera inmediata, lo cual es una clara muestra parcialización con la defensa del derecho del funcionario revocable, en detrimento del derecho a revocarlo que tienen los electores.
Súmate espera que este expediente sobre las graves irregularidades, ilegalidades y omisiones cometidas por las Rectoras Tibisay Lucena, Sandra Oblitas, Socorro Hernándezy Tania D´Amelio desde 2009 a 2016, contribuya con la restitución de la institucionalidad del Poder Electoral y permita, a su vez, que en Venezuela podamos tener elecciones que gocen de la confianza de los electores y actores políticos, para lo cual es indispensable que se cumpla con todos los principios establecidos en el artículo 293 de la Constitución de “…igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales, así como la aplicación de la personalización del sufragio y la representación proporcional…”, y de esta manera facilitar la resolución de los conflictos políticos, económicos y sociales, que actualmente atraviesa el país.
Fuente: La Patilla

viernes, 8 de enero de 2016

Tibisay Lucena está en desacato, dicen en el TSJ

Una conversación con un alto funcionario del Tribunal revela datos sobre la situación de las impugnaciones electorales


En una conversación privada con un alto funcionario del Tribunal Supremo de Justicia sobre las pasadas elecciones parlamentarias se conoció una serie de informaciones relativas a los candidatos que pidieron medidas cautelares, como la suspensión de proclamaciones en el estado Amazonas y en dos circuitos de los estados Aragua y Yaracuy.

1. Los casos contra los diputados de Aragua y Yaracuy siguen pendientes: La opinión pública piensa que solo prosperaron las reclamaciones contra los resultados del estado Amazonas y que no se aceptaron las querellas presentadas contra parlamentarios electos en Aragua y Yaracuy… eso no es cierto. En el circuito 3 del estado Aragua, donde resultó electo el diputado Simón Calzadilla hay un juicio abierto, pero aún no se ha sustanciado la ponencia que puede determinar si Calzadilla sigue siendo diputado o si se han de repetir las elecciones en los circuitos 2, 3 y 4 de ese estado. En el caso de Yaracuy, que será tratado a continuación de Amazonas y Aragua, el TSJ decidió atender los reclamos por orden alfabético, hay un juicio abierto que espera la decisión del máximo tribunal venezolano.

2. Los actuantes acusaron al Consejo Nacional Electoral (CNE) y no a los candidatos proclamados: Las querellas no se incoaron “intuito personae”, es decir contra los parlamentarios electos sino contra el CNE por no atender las juntas estadales correspondientes la petición por parte de candidatos presuntamente afectados, de suspender el conteo de votos y la proclamación de ganadores. Los candidatos desproclamados, del estado Amazonas, aparecen en el juicio como “terceros” ya que nombraron abogados para participar.

3. El CNE está en desacato de la orden del TSJ: En un país de 5 poderes resulta que el organismo presidido por Tibisay Lucena fue avisado por la Sala Electoral del TSJ de la suspensión de los actos de totalización, adjudicación y proclamación de los candidatos electos el pasado 6 de diciembre en el estado Amazonas y de un parlamentario indígena. En consecuencia el CNE ha debido actuar y avisar a los afectados de su desproclamación y no lo ha hecho. Es de suponer que en el organismo electoral esta situación no fue bien vista ya que habría “empañado una elección perfecta”… a decir de la Rectora Presidenta que a la fecha no ha emitido opinión y por tanto estaría en desacato.

4. El lunes 11 de enero puede haber más reclamos contra las parlamentarias: El lapso legal para hacer los reclamos pertinentes, ya sea ante el CNE o ante la Sala Electoral del TSJ, vence el 11 de enero y es de esperar que en vista del frenético trabajo de algunos bufetes de abogados… pueda llover, no café, sino juicios, no solo del Polo Patriótico sino de perdedores de la MUD, contra los resultados del 6-D.

5. Los reclamos sí tienen que ver con los votos nulos. El CNE y los representantes de la MUD y del Polo Patriótico firmaron acuerdos entre los cuales y a manera de reglamento se estipulaba que en el caso de 5 o más reclamos, por parte de los electores, a causa de votos anulados, sin que esa fuese la voluntad de los ciudadanos… se debía proceder de inmediato a cambiar la máquina. Eso no se hizo y de allí parten los reclamos que en el caso del circuito 3 de Aragua se basan en más de 10.000 votos nulos y una ventaja de 42 votos por parte del ganador.

Por: Domingo Alberto Rangel para Notiminuto